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que la direccion de esta empresa ha decidido su despido disciplinario, con efectividad desde el dia 3 de abril de 2012 por la comision de las faltas que despues se detallaran, que han sido calificadas de mu graves.
presta sus servicios en cunicarn alimentacio, desde el dia 1 de diciembre de 2012 con categoria de manipulador incurrio en una falta muy grave cuando el dia 28 de marzo de 2013 a las 14,30H aprox. la trabajadora abandono su puesto de trabajo alegando que estaba cansada y se dirigio al pasillo, cuando la encargada fue a buscarla para que volviera a su puesto de trabajo alegando que estaba cansada y se dirigio al pasillo, cuando la encargada fue a buscarla para que volviera a su puesto en la cadena la trabajadora le lanzo un cuchillo. la encargada Dña. angels garra con dni ,y el trabajador el mehdi brital con nie ,fueron testigos de lo ocurrido . este hecho no puede dejarse pasar por alto. independientemente a pesar de que el cuchillo no llego a impactar con la encargada DñA. Angles garra dado que el intento de agresion podria haber tenido consecuencias gravisimas poniendo en riesgo la integridad fisica de de la citada encargada.
por todo ello la empresa decide su despido basandose en un incumplimiento contractual reconocido en el articulo 54.2c, del esdel trabajador, el cual considera las ofensas verbales o fisicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o los familiares que convivan con ellos como incumplimiento muy grave y culpable de trabajador, asimismo en el articulo 46 apartado 10 de las falta muy graves los malos tratos de palabra u obra o faltas muy graves de respeto y consideracion a superiores, compañeros o subordinados, dando potestad a nuestra empresa para realizar el antedicho despido disciplinario.
具体帮我看下 , 对以后有没有影响 可不可以去上诉 |
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