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楼主 |
发表于 2010-11-29 23:14:51
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老师,内政部的网址我找着了!!但上面的看得不大懂,我现在打下来,你帮我看看,是这段话说的吗??
-Todas las salidas voluntarias del territorio nacional deberán realizarse, cualquiera que sea la frontera que se utilice a tal fin, por los puestos habilitados y previa exhibición del pasaporte, título de viaje o documento válido para la entrada en el país.
-También podrán realizarse las salidas, con documentación defectuosa o incluso sin ella, si no existiese prohibición ni impedimento alguno, a juicio de los servicios policiales de control.
-Los extranjeros en tránsito que hayan entrado en Espa?a con pasaporte o con cualquier otro documento al que se atribuyan análogos efectos, habrán de abandonar el territorio espa?ol con tal documentación, debiendo hacerlo dentro del plazo previsto en la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espa?a y su integración social, establecido por los Acuerdos Internacionales o en el plazo de validez de la estancia fijada en el visado.
-Los que se encuentren en situación de estancia o de prórroga de estancia habrán de salir del territorio espa?ol dentro del tiempo de vigencia de dicha situación. Su entrada y permanencia posteriores en Espa?a habrán de someterse a los trámites establecidos.
-Quienes disfruten de autorización de residencia pueden salir y volver a entrar en territorio espa?ol cuantas veces lo precisen, mientras el permiso y el pasaporte o documento análogo se encuentren en vigor.
-No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, podrá expedirse al extranjero cuya autorización de estancia o residencia hubiera perdido vigencia, una autorización de regreso que le permita la salida de Espa?a y posterior retorno al territorio nacional dentro de un plazo no superior a noventa días, siempre que se acredite que el solicitante ha iniciado los trámites de renovación del título que le habilita para permanecer en Espa?a, dentro del plazo legal fijado al efecto. La autorización de regreso, cuando el viaje responda a una situación de necesidad, tendrá un tratamiento preferente.
-Cuando el extranjero acredite que el viaje responde a una situación de necesidad y concurran razones excepcionales, podrá expedirse la autorización de regreso referida en el apartado anterior cuando se haya resuelto favorablemente la solicitud inicial de autorización de residencia. |
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