本帖最后由 Dan。Z 于 2012-2-12 13:01 编辑
Por la presente le comunico que en estq fecha y al amparo de lo establecido en el artículo 55 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, La Subdelegación del Gobierno en Lleida ha dictado ha dictado la siguiente resolución: VISTA la solicitud de AUTORIZACION DE RESIDENCIA DE LARGA DURACION formulada por XIAO ZHANG, y ATENDIDO PRIMERO-Con fecha 12/12/2011 tuvo entrada en este Centro la solicitud de referencia basada en la pretensión del/la solicitante del confecha a obtener la autorización mencionada. SEGUNDO-conforme lo dispuesto en el srtículo 78 de la Ley30/92, de 26 de novienbre, modificada por la Ley 4/1999 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se han practicado las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y conocimiento y comprobación de los datos en base a los cuales deba pronunciarse la resolución. TERCERO- no figuren en el expediente ni son tenidas en cuenta en la presente resolución otros hechos o circunstancias que los alegados por el/la interesado/a(art.84.4 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre.) CUARTO-Han quedado suficiente acreditados los requisitos exigidos en los artículos 148 y 149 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgànica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Quinto-Que la subdelegación del Gobierno del Estado en LLeida es competente para resolver la solicitud formulada, según lo dispuesto en el artículo 261 del repetido Real Decreto 557/2011,por lo que RESUELVE CONCEDER al ciudadano/a XIAO ZHANG la AUTORIZACION DE RESIDENCIA DE LARGA DURACION con vigencia desde 09/02/2012 Notifíquese la presente RESOLUCION al interesado, significándole que contra la misma que, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimocuarta del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, agosta la vía administativa, puede interponer recurso potestativo de reposición ante este Centro en el plazo de un mes a partir de la notificación de esta resolución, o recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa y en la Ley Orgánica 6/85, de 1 julio, del poder Judicial, modificada por la Ley orgánica 6/98, de 13 de julio. Conforme lo dispuesto en el artítulo 149.5 del R.D. 557/2011, deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Comisaría de policía correspondiente. Para obtenrt la TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO,caducada la anterior, deberà comparecer personalmente en la Dependencia Policial de LLeida (clljaume II tl:973214297)o les,Según corresponda,en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes y aportando la siguiente documentación:Dos fotografías; la presente resolución; pasaporte en vigor; resguardo de haber efectuado el pago de las tasas de autorización y la tarjeta caducada.
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