La Diputación autoriza la pesca en los embalses alaveses de Albina, Maroño, Ullibarri-Gamboa y Urrunaga durante todo el año
Marta Ruiz subraya que “ la nueva Orden Foral ha sido consensuada con los representantes de los pescadores en el Consejo de Pesca, con el objetivo de fomentar, conservar y lograr el correcto aprovechamiento de la riqueza piscícola del Territorio”
Vitoria-Gasteiz, 2 de marzo de 2013. La Diputación Foral de Álava autoriza la pesca de ciprínidos en los embalses de Albina, Maroño, Ullibarri-Gamboa y Urrunaga durante todo el año. Esta medida, se hará efectiva a partir del próximo 31 de marzo y, como recuerda Marta Ruiz, “ha sido consensuada con los representantes de los pescadores en el Consejo de Pesca, con el objetivo de fomentar, conservar y lograr el correcto aprovechamiento de la riqueza piscícola del Territorio”.
Esta es una de las principales novedades de la nueva Orden Foral que, respecto a la pesca de truchas, establece como periodo hábil el comprendido entre el 31 de marzo y el 30 de junio, ambos inclusive. En ese sentido, la Diputada de Medio Ambiente y Urbanismo ha matizado que, “si se capturan truchas en los embalses fuera de este período, deberán ser devueltas al agua”.
La Diputación pone a disposición de los pescadores un total de1.082 permisos de pesca de trucha. En estos momentos, se están tramitando las solicitudes presentadas. Será a partir del 21 de marzo cuando comience el turno libre para optar a los permisos sobrantes.
Respecto a las especies consideradas “invasoras”, como la trucha arco-iris, el black-bass, el carpín, el lucio o los cangrejos señal y rojo, la nueva Orden Foral no establece talla mínima ni cupos de captura, y los ejemplares deberán sacrificarse inmediatamente después de ser pescados.
En ese sentido, sobre las medidas preventivas para evitar la propagación del mejillón cebra, Marta Ruiz, recuerda que “además de las prácticas habituales de desinfección de aparejos, se prohíbe la pesca en todas sus modalidades en la orilla alavesa del embalse de Sobrón y en la misma margen del río Ebro”. Asimismo, tanto en el embalse de Ullibarri y Urrunaga como en los ríos Santa Engracia y el Zadorra, aguas abajo de las presas, sólo está permitida la pesca de peces con caña desde la orilla. Queda prohibida, por tanto, la entrada en el cauce y la utilización de sistemas como sacaderas, redaños y salabardos.
Como novedad, esta orden permite el uso en Ullibarri-Gamboa y Urrunaga del elemento auxiliar llamado “cepo de pesca” para extraer del agua los peces, aconsejándose su desinfección posterior.
Además, la nueva normativa mantiene la figura de “Escenario Deportivo” en el río Zadorra a su paso por la localidad de Nanclares de la Oca, con el objetivo, como subraya la Diputada de Medio Ambiente y Urbanismo, “de fomentar el aprendizaje de la pesca de ciprínidos”. Paro ello, se requerirá una solicitud previa, tramitada a través de la Federación Vasca de Pesca en la Sección de Caza y Pesca de la Diputación Foral de Álava”.
Por otro lado, el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo recuerda que el único arte de pesca autorizado para la captura de peces es la caña de pescar y, con carácter general, solamente se admitirá una caña por persona, excepto en los embalses de Albina, Maroño, Ullibarri-Gamboa y Urrunaga donde se admite el uso de dos cañas por persona, debiendo estar ambas al alcance de la mano.
Además, en el caso de Ullibarri-Gamboa y Urrunaga se permite la pesca desde embarcaciones, con una caña por pescador y máximo de dos cañas por barco.
Asimismo, la normativa recuerda a los pescadores que deberán anotar todos los ejemplares capturados en los cotos de pesca en el parte de capturas facilitado junto con el permiso, y tendrá que ser entregado en el Servicio de Montes del Departamento de Medio Ambiente de la Diputación en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de disfrute del
|