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发表于 2012-3-6 13:08:28
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wa哇wa 发表于 2012-3-5 17:42
我收到你邮件了,我有个问题,如果我们符合申请免费律师的条件,刑事案输了也要支付双方的诉讼费和律师费吗 ...
哇哇:你好!
考虑到你这个问题大家都会关心,所以我公开回答你的问题。
有关于谁负责诉讼费在西班牙的司法程序法典里面有相关规定。因为条文非常多,非常复杂,所以我简略地和你说一下。
有关于对方的诉讼费问题:
在一般的情况下,输方会被判偿付对方的诉讼费。但是有些官司,不是判一方完全有道理,在这样的情况下是双方各管自己的诉讼费。
另外,如果某当事人是免费诉讼的受益者,例如你和你的同学被西班牙正攵府批准免费诉讼,在你们打官司失利的情况下,对方不可以和你们追究诉讼费,除非你们三年内的经济情况好转。意思就是说,如果你们在官司正式结束那天算起三年内经济情况好转,对方可以问你们追究诉讼费。
有关于诉讼费用:
在一般的情况下,在西班牙打官司的诉讼费除了律师的辩护费和其它薪水费用,还要包括其它和诉讼有关的费用,例如各种鉴定专家薪水费,公证师费用,和法律诉讼代表的费用。其中诉讼代表是最重要的,这个诉讼代表西班牙语里面是:PROCURADOR,就是在法庭上代表当事人但是不参与辩护的人,诉讼代表也是替当事人接收和呈送各种法院的官方文件的人。
附加信息: 西班牙公费诉讼法第36条有关于诉讼费用的规定(注意,有关于诉讼费用的规定很广泛,这只是其中之一,具体情况还要具体分析)。
Artículo 36. Reintegro económico (Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.)
1. Si en la sentencia que ponga fin al proceso hubiera pronunciamiento sobre costas, a favor de quien obtuvo el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita o de quien lo tuviera legalmente reconocido, deberá la parte contraria abonar las costas causadas en la defensa de aquélla.
2. Cuando en la sentencia que ponga fin al proceso fuera condenado en costas quien hubiera obtenido el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita o quien lo tuviera legalmente reconocido, éste quedará obligado a pagar las causadas en su defensa y las de la parte contraria, si dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso viniere a mejor fortuna, quedando mientras tanto interrumpida la prescripción del artículo 1.967 del Código Civil. Se presume que ha venido a mejor fortuna cuando sus ingresos y recursos económicos por todos los conceptos superen el doble del módulo previsto en el artículo 3, o si se hubieran alterado sustancialmente las circunstancias y condiciones tenidas en cuenta para reconocer el derecho conforme a la presente Ley.
3. Cuando la sentencia que ponga fin al proceso no contenga expreso pronunciamiento en costas, venciendo en el pleito el beneficiario de la justicia gratuita, deberá éste pagar las costas causadas en su defensa, siempre que no excedan de la tercera parte de lo que en él haya obtenido. Si excedieren se reducirán a lo que importe dicha tercera parte, atendiéndose a prorrata sus diversas partidas.
4. Cuando se reconozca el derecho a asistencia jurídica gratuita para procesos en los que proceda la petición de litis expensas y éstas fueren concedidas en resolución firme a favor de la parte que litiga con el reconocimiento del derecho a asistencia jurídica gratuita, el Letrado y procurador intervinientes podrán exigir a ésta el pago de sus honorarios, hasta el importe total de la partida aprobada judicialmente para este concepto.
5. Obtenido el pago por los profesionales designados de oficio conforme a las reglas contempladas en los apartados anteriores, estarán obligados a devolver las cantidades eventualmente percibidas con cargo a fondos públicos por su intervención en el proceso.
Para el cálculo de sus honorarios y derechos, se estará a las normas sobre honorarios de abogados de cada Colegio, así como a los aranceles de los procuradores vigentes en el momento de la substanciación del proceso.
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