El articulo 16 de al Ley de Bases de Règimen Local establece que la inscripcion en el Padron Municipal de Habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorizacion de residencia permanente DEBE SER RENOVADA CADA DOS AÑOS.
No obstant si tiene permiso de residencia permanente y ha recibido esta carta.agradeceriamos que nos lo comunique con el fin de notificarlo al Instituto Nacional de Estadistica.
para proceder a la renovaciòn de su inscripciòn debera aportar personalmente ,antes del 31 de ENERO,la siguiente documentacion-
ESTA MISMA CARTA
ORIGINAL Y FOTOCOPIA (fotocopia tamaño real sobre formato DIN4)del permiso de residenca.