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发表于 2008-5-3 18:13:51
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刚刚到日本驻西大使馆网上查到的外国人入境日本需要申请签证的材料
A los nacionales extranjeros:
Los extranjeros que pretenden entrar en Japón deben obtener un visado en alguna Embajada o Consulado General japonés previo a su entrada salvo en los casos en que se les autorice la entrada al país sin ella según lo establecido a continuación:
cuando se trate de los nacionales de los países con los que Japón tiene un acuerdo de exención de visados, siempre y cuando no se dediquen a actividades remuneradas o lucrativas aceptando un empleo, ejerciendo una profesión, etc.
cuando posean el permiso de re-entrada.
Los visados se expiden únicamente fuera del Japón de manera que no se otorgarán después de su llegada.
Si Ud. desea viajar a Japón deberá solicitar un visado ante la Embajada o Consulado General japonés que se encuentre en su país de origen. En caso de residir en un país del cual no sea ciudadano o de tener algún motivo especial de manera que no pueda solicitar un visado ante la Embajada o Consulado japonés de su país, consulte a la Embajada o Consulado japonés más cercanos.
Para solicitar el visado deberá presentar los siguientes documentos:
a) pasaporte vigente
b) tarjeta de residencia en Espa?a
c) 1 fotografía de 4.5 cm x 4.5 cm
1. La cara debe estar centrada respecto de los lados (Izq. Der.)
2. Debe aparecer bien enfocado (nítido) y claro
3. No cubrir ninguna parte de la cara
4. Sin lentes de color y sin lentes brillantes
5. Sin gorra ni sombrero
6. Fondo blanco
7. Foto de color
8. Con papel brillante, no papel mate
9. El tama?o de la foto será de 45mm x 45mm
d) Solicitud de visado (el formulario oficial se le proporcionará en la Sección Consular de la Embajada o Consulado General, o también, a través de la página web:www.mofa.go.jp/j_info/visit/visa/apply-form.pdf)
e) Documentos que respalden el motivo y los detalles de su viaje:
a. Contrato y carta de la empresa otorgando vacaciones
b. Justificante de medios económicos (declaración de la renta,
nóminas o movimientos bancarios de los tres últimos meses)
c. Reserva del billete de vuelo
d. Reserva, en su caso, del hotel o alojamiento en Japón
e. Plan de viaje (itinerario detallado) de todos los días de su estancia
en Japón
f. Libro de familia en caso de estar casado/a con un espa?ol/a o,
en su caso, justificante de parentesco
f) En caso de que se necesite un garante residente en Japón, éste deberá elaborar o preparar los siguientes documentos:
1) Cuando se trate de viaje de turismo:
a) carta en la que se expongan los motivos por los que el garante invita al solicitante del visado
b) carta de garantía o carta compromiso de invitación
c) certificado de empleo o copia certificada del registro de empresa si es empresario;
d) certificado de pago de impuestos
e) certificado de cédula de habitante
f) copia del pasaporte
g) justificante de parentesco en caso de ser familiar
2) Cuando se trate de viaje de negocios:
a) carta en la que se expongan los motivos por los que el garante invita al solicitante a Japón;
b) carta de garantía o carta de compromiso de invitación;
c) copia certificada del registro de la empresa
d) itinerario de viaje, visitas, etc.
Los documentos que respalden el motivo del viaje variarán dependiendo del mismo, por lo tanto, es necesario consultar a la Embajada o Consulado General del Japón. Dependiendo del caso se podrá requerir documentación adicional.
El tiempo requerido desde la recepción de la solicitud hasta su expedición puede variar dependiendo del caso, sin embargo, pueden tomarse como referencia los siguientes tiempos:
1) si no hay necesidad de consultar al Ministerio de Asuntos Exteriores del Japón, 2 días;
2) si se requiere consultar al Ministerio de Asuntos Exteriores del Japón (visados de trabajo, estudio, etc.), de unos días a unos meses;
3) si la solicitud se presenta con un Certificado de Elegibilidad, 2 días.
Los anteriores plazos de tiempo son orientativos, y comenzarán a contar una vez presentada la solicitud completa
(formulario debidamente completado así como toda la documentación exigida).
La información sobre el Sistema de Certificado de Elegibilidad se proporcionará en la Dirección de Inmigración del Ministerio de Justicia del Japón y oficinas regionales del mismo.
La autorización para la expedición de visado o la negativa de la misma será notificada al solicitante por la Embajada o Consulado General que haya recibido la solicitud correspondiente. Esta información no será comunicada al garante residente en Japón, y no se informará de las razones por las que se haya denegado el visado.
En caso de obtener el visado, el solicitante deberá cubrir los derechos por concepto de expedición. Las cuotas por expedición son fijadas por ordenanza del Ministerio de Asuntos Exteriores del Japón.
Visa ordinaria de entrada 20,50 euros
Visa de entradas múltiples 41,00 euros
Visa de tránsito 5 euros
(estos precios pueden estar sujetos a cambios sin previo aviso)
Dependiendo de los acuerdos de reciprocidad que Japón tenga suscritos con otros países, los nacionales de éstos podrán estar exentos del pago de derechos o pagar una cuota de descuento por la expedición del visado. |
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