La ley vigente en materia de extranjería sólo indica que el certificado sobre los estudios que va a realizar debe indicar un horario que implique asistencia y/o de un plan de estudios, investigación o formación aprobado.
Lo oportuno es que aporte la documentación de la que dispone y será el instructor del expediente el encargado de valorarla y hacerle algún requerimiento si lo considerase oportuno.
La ley vigente en materia de extranjería sólo indica que el certificado sobre los estudios que va a realizar debe indicar un horario que implique asistencia y/o de un plan de estudios, investigación o formación aprobado.
Lo oportuno es que aporte la documentación de la que dispone y será el instructor del expediente el encargado de valorarla y hacerle algún requerimiento si lo considerase oportuno.